Código Interno de Conducta
1. OBJETIVO
En esta oportunidad me dirijo a ustedes, para presentarles nuestro Código de conducta, el cual formaliza y refleja nuestra forma actual de trabajar y cumplir con nuestros compromisos.
Y es que hoy más que nunca, el comportamiento ético constituye un elemento fundamental para el desarrollo y existencia de cualquier empresa, si consideramos que el éxito a largo plazo se basa en gran medida en la confianza que tienen en la empresa, sus clientes, accionistas, empleados y sociedad en general.
El Código de Conducta de SIGA (en adelante, el “Código»), establece los estándares mínimos de comportamiento y práctica profesional que se debe observar por parte de los empleados, lo anterior con el objeto de asegurar que el ejercicio de sus funciones se apegue a los principios de honestidad, equidad, integridad, responsabilidad, transparencia, profesionalismo y objetividad, tanto en las relaciones con los clientes y proveedores de la organización, como en el interior de la misma.
El Código se ha redactado observando las mejores prácticas y lineamientos tanto nacionales como internacionales en materia de anticorrupción, antisoborno y mejores prácticas éticas. El mismo, fundamenta el comportamiento ético que ha de aplicarse a todos sus negocios y actividades, y las pautas de actuación necesarias para que el cumplimiento de su Integridad Corporativa se manifieste en las relaciones establecidas con sus clientes, empleados, accionistas, proveedores y terceros (integridad relacional), a través de la actuación individual de sus empleados y directivos (integridad personal) y en el establecimiento de un comité responsable de velar por el cumplimiento del contenido del Código y de promover las acciones necesarias para preservar, eficazmente, la Integridad Corporativa en su conjunto (integridad organizativa). [RESPECTO DE DICHO COMITÉ DE ÉTICA, DEBERÁN ESTABLECERSE SUS NORMAS DE ACTUACIÓN, FACULTADES Y OBLIGACIONES].
La apropiada aplicación del Código, requiere que los empleados y directivos se familiaricen con su contenido y asuman el compromiso de adherirse a los estándares en él previstos.
Cualquier duda sobre la interpretación del contenido del Código o que haga referencia a la forma de resolver situaciones no descritas específicamente en él, deberá ser aclarada con la Función de Cumplimiento.
Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad a que pudiera dar lugar, el incumplimiento de los criterios y pautas de actuación contenidos en el Código, puede motivar la adopción de las medidas disciplinarias que resulten de aplicación conforme a lo previsto en la correspondiente legislación laboral.
Te animamos a su atenta lectura y estamos seguros de que vas a contribuir a su cumplimiento. Para cualquier duda puedes dirigirte con tu superior jerárquico y/o a través de la Línea de Denuncia.
Gracias y contamos con tu apoyo.
Juan Ignacio Sordo L. | Director General.
2. ALCANCE
La formalización del Código de Conducta, refleja una vez más el compromiso de SIGA por cumplir con las mejores prácticas corporativas, que le permitan satisfacer los requisitos de sus clientes y a la vez consolidarse cada vez más como una empresa de clase mundial.
Por lo anterior, el Código de Conducta debe ser contemplado como parte de una cultura corporativa que establece las obligaciones y derechos de los integrantes de la empresa, coherentes con las actividades que cada uno de nosotros llevamos en la organización.
CON SU IMPLEMENTACIÓN, SIGA, SU ADMINISTRADOR UNICO, SUS DIRECTOR, ACCIONISTAS Y TODOS LOS EMPLEADOS ESTÁN COMPLETAMENTE COMPROMETIDOS CON LA ÉTICA EN LOS NEGOCIOS, POR LO QUE FOMENTARÁN LA APLICACIÓN DE LAS POLÍTICAS CORPORATIVAS EN TODO MOMENTO, ASÍ COMO EL APEGO IRRESTRICTO A LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE ANTICORRUPCIÓN. Y CON ESTO, SABREMOS EL COMPORTAMIENTO ÉTICO QUE SIGA ESPERA DE NOSOTROS, ASÍ COMO NOSOTROS SABREMOS LO QUE PODEMOS ESPERAR DE NUESTROS COMPAÑEROS DE TRABAJO.
3. VALORES ÉTICOS
Los empleados, en las actividades ordinarias o extraordinarias que desarrollen, como consecuencia de su relación con SIGA, así como en aquéllas otras en las que pudiera interpretarse que las mismas son atribuibles a la empresa y que pudieran afectar a su reputación, han de cumplir con el contenido del Código.
El Código se fundamenta en los más altos valores éticos y principios de conducta, entre los que han de ser destacados aquellos que resultan claves en la cultura de la empresa, a saber:
Respeto de la igualdad de las personas y a su diversidad, lo que requiere, respecto de todo tipo de relaciones personales y profesionales derivadas de los negocios y actividades de la empresa, un comportamiento respetuoso y equitativo en el que no tienen cabida actitudes discriminatorias por razón de sexo, origen étnico, credo, religión, edad, discapacidad, afinidad política, orientación sexual, nacionalidad, ciudadanía, estado civil, o estatus socioeconómico o cualquier otra característica o convicción personal.
Respeto a la salud y la vida de las personas, a partir de los principios de “Solidaridad con todos y No discriminación”.
Estricto cumplimiento de la legalidad, que exige asumir, sin excepciones, la obligación de observar la legislación aplicable a las actividades y operaciones de SIGA y a las acciones relacionadas con ellas, como reflejo de los principios éticos que tiene SIGA con la sociedad.
Objetividad Profesional, que precisa de decisiones y actuaciones adoptadas sin aceptar la influencia de conflictos de interés o de otras circunstancias que pudieran cuestionar la integridad de SIGA o sus empleados.
Asegurar el cumplimiento de este compromiso de comportamiento ético requiere una conducta responsable, que exige:
Responsabilidad en las acciones, tanto institucionales como individuales, estrictamente ajustadas a los principios y criterios del Código.
Actitud responsable, que implica de los empleados la identificación, inmediata comunicación y resolución, en su caso, de actuaciones éticamente cuestionables y que suponen el uso del libre albedrío para decidir una respuesta adecuada en un momento de conflicto.
Objetividad, en los Socios de Negocio, misma que se ve garantizada con los controles internos de SIGA, para que ninguna persona con interés económico significativo en un Socio de Negocio potencial esté involucrada, directa o indirectamente en este proceso de compra o en una decisión asociada a dicho Socio de Negocio.
Integridad y respeto, que se relaciona al compromiso de nunca dejarse llevar por soborno de otros hacia la empresa o sus empleados. El respeto es un principio muy bien establecido dentro de SIGA, el cual es guía y principal cimiento, por ende, se respeta y se hace respetar, por todos los empleados y proveedores.
4. CAPACITACIÓN
SIGA fomentará la toma de conciencia y capacitación antisoborno, en todos sus empleados y directores. Por lo anterior, se impartirá de manera anual y con carácter de obligatoria para todos los empleados de SIGA, una capacitación adecuada que aborde por los menos, los siguientes puntos:
Las políticas antisoborno de SIGA, así como sus procesos y procedimientos relacionados.
El riesgo de soborno y el daño que puede generar a SIGA.
Los riesgos de sobornos relacionados con sus funciones y la manera de identificarlos.
Las formas y mecanismos de reconocer y responder a las solicitudes u ofertas de soborno.
Mecanismos para prevenir y evitar el soborno.
Canales de denuncia y medios para comunicar dudas o inquietudes.
En caso de ser necesario por existir cambios o actualizaciones relevantes a las políticas o procedimientos, podránrealizarse capacitaciones adicionales a la prevista en el presente capítulo.
5. FUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO
SIGA designa a la Función de Cumplimiento, quien tendrá la responsabilidad y autoridad para la supervisión de cuestiones relacionados al Antisoborno, además de proporcionar asesoramiento y orientación al personal sobre las cuestiones relacionadas con el soborno.
6. INTEGRIDAD RELACIONAL
En las relaciones que SIGA establezca con sus Socios de Negocios, empleados, accionistas, terceros, y con la comunidad en la que desarrolle sus negocios y actividades, aplicará y solicitará de estos, los mismos valores éticos contenidos en el Código y particularmente, los compromisos y pautas de actuación estipuladas en este Capítulo.
SIGA llevará su contabilidad en estricto apego a las reglas contables de algún estándar nacional e internacional de la materia.
Es requisito indispensable que todo Socio de Negocio, Cliente prospecto, lleve su contabilidad en estricto apego a las reglas contables de algún estándar nacional e internacional de la materia.
7. RELACIONES CON CLIENTES
Sin lugar a duda, uno de los factores decisivos que lleva a un cliente a elegir a una compañía sobre otra, es el grado de confianza que dicha compañía haya generado a través de la historia de su relación o existencia.
SIGA sitúa a los clientes como centro de su actividad, con el objeto de establecer relaciones duraderas, basadas en la recíproca aportación de valor y en la mutua confianza.
SIGA aporta valor, mediante la innovación, en la configuración y prestación eficiente de productos y servicios adaptados a las necesidades que, en cada momento, percibe y le manifiestan sus clientes.
SIGA tiene establecido, en su Sistema de Gestión Integral, el compromiso de la revisión continua de sus procesos operativos y sistemas, así como de todas sus políticas, manuales, códigos y demás documentos que conformen su normativa interna, para mejorar la atención y el servicio a sus clientes.
8. CONFIDENCIALIDAD.
SIGA reconoce que uno de los elementos principales en los que se sustenta la confianza de sus clientes, lo constituye la apropiada seguridad de su información y la efectiva limitación de su uso, conforme a los fines acordados previamente con ellos.
La información no pública, que SIGA dispone sobre sus clientes y sus operaciones, tiene carácter altamente confidencial. SIGA ha adoptado políticas de seguridad y ha desarrollado procedimientos para:
• Garantizar la seguridad de acceso a sus instalaciones físicas, sistemas informáticos y áreas restringidas, en los que recibe, almacena o procesa información altamente confidencial de sus clientes.
Todos sus empleados firman un convenio de confidencialidad con la empresa, en el que se comprometen al apropiado uso y custodia de la información de los clientes a la que tienen acceso, así como solamente revelarla en casos de excepción, que expresamente establezca la legislación en vigor, o, cuando resulte necesario, por autorización de la Dirección General.
9. TRANSPARENCIA
SIGA tiene el compromiso de facilitar a las personas facultadas por sus clientes, un acceso total y oportuno a su información, de manera clara y veraz sobre:
Las características fundamentales de los productos, procesos y servicios que SIGA les ofrezca o suministre. Los costos de los servicios que presta, que, con carácter general o particular, les resulten de aplicación.
Su procedimiento de calidad para el registro y atención de productos no conformes y no conformidades, que faciliten a SIGA recibir y canalizar sus reclamaciones, para resolver efectivamente las incidencias detectadas o reportadas.
10. RELACIONES CON EMPLEADOS.
SIGA se ha fijado como objetivo estratégico atraer y retener a las personas con talento, contempla la diversidad de sus empleados como una de las principales fuentes de éxito para su actividad empresarial y percibe la integración de diferentes individuos y culturas como una vía de diferenciación frente a sus competidores.
11. SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE PERSONAL.
Con carácter general, los procesos de selección de personal, para contratación en SIGA son abiertos, facilitando acceder a ellos al mayor número de personas con el perfil adecuado para cubrir el puesto de trabajo. Los procedimientos de selección están considerados dentro del Sistema de Gestión Integral de SIGA y se desarrollan de acuerdo a métodos objetivos de valoración tomando en consideración la preparación profesional y la capacidad de los candidatos.
Las personas de quienes dependa, directa o indirectamente, la selección o contratación de personal, guiarán sus decisiones y actuaciones sin admitir la influencia de factores que pudieran alterar la objetividad de su juicio, conforme con los criterios establecidos en los procedimientos de selección y contratación de SIGA.
SIGA sabe que sus empleados constituyen, sin lugar a dudas, su capital más valioso y merecen, por ende, atención y respeto, por ello facilita los medios de comunicación adecuados que garanticen su adecuada interacción con la empresa.
12. DESARROLLO PERSONAL Y PROFESIONAL
SIGA está comprometida con el desarrollo personal y profesional de todos sus empleados.
La promoción de los empleados de SIGA parte de la igualdad de oportunidades y del reconocimiento del mérito y capacidades del individuo, medido a través de la evaluación del desempeño.
En cumplimiento de estos compromisos, los empleados con personal a su cargo han de:
• Vigilar la existencia de un adecuado ambiente de trabajo, para promover el desarrollo laboral y que los subordinados alcancen su más alto nivel de desempeño.
13. SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Estar preparados para salvaguardar la seguridad de las personas y hacer frente a riesgos, derivados de sismos, incendios, inundaciones, etc., es una prioridad de SIGA, que atiende mediante la adopción de normas y procedimientos de Protección Civil.
No obstante, la efectividad de dichas normas y procedimientos (ampliamente divulgados e incorporados a los correspondientes planes de formación continua de todas las áreas de SIGA) exige de todos los empleados una actitud positiva y proactiva orientada a:
Velar por su propia seguridad, frente a los riesgos que pudieran derivarse para su salud, como consecuencia de sus actividades laborales, observando las correspondientes normas y recomendaciones.
Velar por la seguridad de todas aquellas personas cuya salud pudiera llegar a verse afectada como consecuencia de sus actos u omisiones.
SIGA considera que tanto el objetivo de preservar un clima laboral saludable, como el de alcanzar ambientes profesionales de alta productividad (exigencia de nuestros clientes), son incompatibles con el consumo de sustancias psicotrópicas ilegales o el abuso del alcohol. Por lo que, el desempeño de funciones laborales bajo sus efectos, será sancionado conforme a las normas laborables.
14. RELACIONES CON PROVEEDORES
SIGA consciente de que la relación con los proveedores debe ser transparente, ha establecido las siguientes normas para garantizar una relación profesional, cortés y respetuosa, en un marco de igualdad de oportunidades para todos los proveedores que envíen ofertas competitivas, promoviendo la sana competencia.
SIGA tiene definidos procedimientos en su Sistema de Gestión de Integral, para la eficaz articulación de los procesos de adquisición de bienes y servicios.
A los proveedores se les debe comunicar siempre, en forma clara, explícita y veraz, las necesidades de SIGA en proyectos específicos solicitados.
SIGA valora especialmente a aquellos proveedores que comparten los principios que sustentan el Código.
La gerencia de procura aplica criterios establecidos en sus procedimientos que regulan la adquisición de bienes y servicios, de manera que se realice conforme a los siguientes principios:
Promover, siempre que sea posible, la concurrencia de una pluralidad de proveedores de bienes y servicios cuyas características y condiciones ofertadas se ajusten, en cada momento, a las necesidades y requisitos de SIGA.
Asegurar que las adquisiciones de bienes y servicios se produzcan conciliando la búsqueda de las condiciones más convenientes para SIGA en cada transacción, con el mantenimiento del valor atribuido a relaciones sostenidas en el tiempo con determinados proveedores estratégicos.
Garantizar la objetividad y transparencia de los procesos de decisión, eludiendo situaciones que pudieran afectar a la objetividad de las personas que participan en los mismos.
15. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Como consecuencia del desarrollo de sus actividades empresariales, SIGA obtiene de sus Socios de Negocio, accionistas, Empleados u otros, información de carácter personal o confidencial, que considera privativa del individuo y que la empresa está obligada a proteger.
SIGA ha establecido un conjunto de normas y procedimientos específicos, que han sido adoptados por sus unidades de negocio, con la finalidad de proteger y SIGA ha establecido un conjunto de normas y procedimientos específicos, que han sido adoptados por sus unidades de negocio, con la finalidad de proteger y asegurar el tratamiento apropiado de la información de carácter personal que, como consecuencia del desarrollo de sus actividades empresariales, obtiene de sus Socios de Negocios, accionistas, empleados, administradores o de cualquier otra persona física con la que se relaciona.
Con independencia de las responsabilidades específicamente asignadas a determinadas áreas de la empresa, en materia de seguridad de la información y de protección de datos de carácter personal, los empleados que, por razones de su cargo o de su actividad profesional, dispongan o tengan acceso a este tipo de datos, son responsables de su custodia y apropiado uso. Cumplir con estas responsabilidades requiere:
Conocer y observar las normas y procedimientos internos que resulten de la aplicación en materia de seguridad de la información y de protección de datos de carácter personal.
Aplicar medidas adecuadas para evitar el acceso indebido a tal información.
16. INTEGRIDAD PERSONAL
Es responsabilidad de todos los Empleados colaborar en el objetivo de garantizar que todos los actos de SIGA, en el marco de sus negocios y actividades, se ajusten a los criterios y pautas de comportamiento contenidos en este Código.
17. RESPETO A LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS Y NO DISCRIMINACIÓN POR ENFERMEDAD.
En ningún modo las relaciones laborales, profesionales o contractuales establecidas por los empleados de SIGA con otras personas, pueden ser utilizadas para propiciar situaciones de acoso, intimidación o cualquier otra que atente contra su dignidad personal o suponga su discriminación.
La violación física o las amenazas en el lugar de trabajo deben ser atendidas de forma inmediata y conforme a los procedimientos o reglamentos que apliquen.
Se encuentra prohibido dentro de la empresa cualquier acto de discriminación tendiente a menospreciar, relegar, excluir y/o marginar a cualquier trabajador o persona ajena al centro de trabajo que haya tenido la enfermedad conocida mundialmente como SARS-Cov-2, Covid-19, o que haya convivido con algún familiar sospechoso o confirmado, ya que el personal de ésta empresa en todo momento debe de cumplir con los principios de respeto a la salud y la vida de las personas, “Solidaridad con todos y No discriminación”.
Cualquier actuación no acorde con lo establecido en el párrafo anterior, deben ser atendidas de forma inmediata y conforme a los procedimientos o reglamentos que apliquen.
18. PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS
Con independencia de las responsabilidades específicamente asignadas en la empresa a determinadas áreas de su organización, en materia de salvaguarda de los activos, bienes materiales e intangibles, conjuntamente, los recursos propiedad de SIGA, los empleados tienen las siguientes obligaciones:
Utilizar los recursos de SIGA de forma eficiente y apropiada, y únicamente para el desempeño de su actividad profesional en la empresa o para aquellos supuestos que pudieran estar previstos en la correspondiente normatividad interna.
Proteger los recursos de SIGA y preservarlos de usos inadecuados, de los que pudieran derivarse perjuicios económicos o deterioro de la reputación de la empresa.
Salvo en los casos previstos por la correspondiente normatividad interna, no está permitido disponer de los recursos propiedad de la empresa y de aquellos otros entregados en custodia por terceros (dentro de los que se encuentra cualquier tipo de información referida a los mismos) fuera de las instalaciones de SIGA.
SIGA limita la posibilidad de adquisición de activos o bienes pertenecientes a su patrimonio empresarial por parte de los empleados a aquellos casos en los que la transacción sea consecuencia de un proceso de oferta transparente, de carácter no limitado, en el que se apliquen criterios de adjudicación objetivos.
19. CESE DE LA RELACIÓN CON SIGA
Toda persona que concluya su relación laboral con SIGA, se abstendrá de utilizar en todo momento cualquier información obtenida durante su relación con la empresa, incluidas listas o relaciones de Socios de Negocios.
Los empleados asumen que el trabajo desarrollado para la empresa, tenga o no la consideración de propiedad intelectual, pertenece exclusivamente y en su totalidad a SIGA. Informes, propuestas, estudios, programas y cualquier otro producto derivado de la actividad profesional en la empresa, quedarán en posesión de SIGA sin que la persona saliente pueda copiar, reproducir o transmitir los mismos en forma alguna sin autorización escrita de SIGA.
Todos y cada uno de los individuos que conforman el Personal se comprometen a devolver el material propiedad de SIGA que tengan en su poder en el momento de que concluya su actividad en la empresa.
20. SANCIONES
El Comité de Ética podrá sancionar a aquella persona que viole cualquiera de los principios éticos descritos en el Código Interno de Conducta, con una o más de las siguientes sanciones corporativas:
Levantamiento de un acta administrativa.
Suspensión por el número de días que se determine.
Inhabilitación para ascensos en el puesto de trabajo hasta por 1 año.
Imposibilidad de aumento de sueldo hasta por 1 año.
Rescisión Laboral.
Inicio de Procedimiento Legal.